El Tribunal supremo confirma que la sociedad disuelta, liquidada e incluso extinguida mantiene la capacidad procesal para ser demandada.

El Tribunal supremo confirma que la sociedad disuelta, liquidada e incluso extinguida mantiene la capacidad procesal para ser demandada. En reciente sentencia el Tribunal Supremo determinó que la cancelación de los asientos registrales de una sociedad no es sino un mecanismo registral para consignar un acontecimiento de la sociedad, que en el caso de...