DESDE HOY ES OBLIGATORIO PARA LAS PYMES DARSE DE ALTA CON UNA DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO EN LA DGT
Entra en vigor la obligatoriedad de comunicar la DIRECCION ELECTRONICA VIAL para las personas jurídicas
Según fuentes de la DGT las Administraciones con competencias sancionadoras en materia de tráfico le permiten recibir vía Internet, en su buzón electrónico, las notificaciones de procedimientos sancionadores. El envío de la notificación al buzón electrónico se complementa con un aviso a su correo electrónico y, si lo desea, con un SMS a su teléfono móvil.
Para las personas jurídicas, la Dirección General de Tráfico inició el pasado Julio el proceso de obligatoriedad de disponer de Dirección Electrónica Vial para matricular o cambiar la titularidad de un vehículo. A partir del 1 de julio de 2016 la DGT asigna de forma obligatoria una Dirección Electrónica Vial a todas las personas jurídicas que soliciten matricular o cambiar la titularidad de un vehículo, dando así cumplimiento efectivo a lo dispuesto en el artículo 59.bis de la citada Ley de Seguridad Vial, y en la disposición adicional segunda de la Ley 18/2009, de 23 de noviembre. Si su empresa es titular de varios vehículos dados de alta en el Registro de Vehículos, se recomienda darse de alta en la DEV antes del plazo previsto, evitando de esta manera problemas que puedan presentarse después de la citada fecha en caso de que tenga que modificar el régimen de titularidad de alguno de los vehículos de la empresa o sociedad que representa.
A partir del 3 de octubre, sin embargo, fruto de la nueva Ley de Procedimiento Administrativo, todas aquellas empresas o personas jurídicas con coches o flotas a su disposición, tienen que unirse a este buzón virtual donde se llevarán a cabo las notificaciones pertinentes y que sustituirá a las tradicionales comunicaciones por correo postal, tal y como se han hecho eco diversos medios de comunicación.
Suscribirse a la DEV implica que todas las Administraciones con competencias sancionadoras en materia de tráfico (Dirección General de Tráfico, Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco, Servicio Catalán de Tráfico, Ayuntamientos..) le notificarán las sanciones en la Dirección Electrónica Vial o en las plataformas del Servicio Catalán de Tráfico o de la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco.
Puedes acceder a la página de la DGT para tramitar el alta DEV pinchando el siguiente: ENLACE ALTA DEV.
Una vez dado de alta en DEV podrá consultar las notificaciones recibidas accediendo a su buzón electrónico. Es importante darse de alta ya que será la única forma de poder beneficiarse de las reducciones por pronto pago y recurrir en plazo las sanciones.
Además de las notificaciones, con este sistema, la DGT le comunicará y avisará próximamente de aspectos que pueden ser de su interés como conductor o titular de vehículo, según los servicios se van incorporando progresivamente a la DEV. Por ejemplo, se ha quedado con un saldo de 3 ó de 6 puntos. Y en breve, podrá recibir otras comunicaciones, como aviso de caducidad del permiso de conducir, de ITV, etc.
La DEV es gratuita y completamente voluntaria para los ciudadanos (persona físicas). En cualquier momento pueden darse de alta o de baja en la DEV, así como modificar sus datos (correo electrónico y teléfono móvil).
En el momento de darse de alta en la DEV recibirá notificaciones y comunicaciones única y exclusivamente por esta vía, de los emisores que operan a través del sistema. No recibirá notificaciones postales de dichos emisores.
El artículo 59.bis del texto articulado de la ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a motor y Seguridad vial, establece que se asignará a todos los titulares de una autorización administrativa para conducir o para circular una Dirección Electrónica Vial. Esta asignación, que también alcanza a los arrendatarios a largo plazo, es obligatoria para las personas jurídicas.
Para poder llevar a cabo con garantías el proceso de obligatoriedad de DEV, la Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha previamente el Registro de Apoderamientos. Este registro, regulado por la Resolución de 9 de abril de 2015, de la Dirección General de Tráfico, por la que se crea y regula el Registro de apoderamientos, de sucesiones y de representaciones legales de la Jefatura Central de Tráfico (BOE de 16 de abril), permite que un tercero (representante) acceda a las notificaciones de la entidad interesada (representado).
Si no ha recibido las sanciones quizá no esté dado de alta. En ese caso le recomendamos se cerciore de que tramitó el proceso DEV de forma correcta. Si le notifican alguna sanción o multa y quiere que la recurramos o le asesoremos no dude en contactar con nosotros. Puede acceder a los datos a través de las ventanas de nuestra página web o pinchando en el siguiente enlace: CONTACTO.