SE AGILIZAN LOS TRAMITES PARA SOLICITAR LOS EXPEDIENTES DE NACIONALIDAD POR RESIDENCIA
Según informa la Redacción Abogacía Española en la web del Consejo General de la Abogacía Española “Los abogados agilizarán los expedientes de nacionalidad por residencia al tramitar telemáticamente las solicitudes”. Destacan los redactores del CGAE que la presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, Victoria Ortega, y el ministro de Justicia, Rafael Catalá, firman el Convenio de habilitación y que la tramitación por los letrados con su certificado ACA y la colaboración de los Colegios de Abogados permitirá reducir los plazos de resolución.
Por entender la noticia de interés general para los extranjeros que quieran solicitar la nacionalidad española por residencia transcribimos íntegro el contenido con enlace a la página web del CGAE.
La presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, Victoria Ortega, y el ministro de Justicia, Rafael Catalá, han firmado el martes 25 de julio el Convenio suscrito entre ambas instituciones para habilitar que los abogados puedan presentar electrónicamente las solicitudes de nacionalidad española por residencia en representación de los interesados.
FIRMA CONVENIO EXPEDIENTES NACIONALIDADES ORTEGA Y CATALA: Para permitir la remisión telemática de la documentación de los expedientes, debidamente indexada y metadatada, el Consejo General de la Abogacía ha desarrollado una plataforma técnica que permite al abogado tramitar con su carné ACA (Autoridad de Certificación de la Abogacía) las solicitudes de expedientes de nacionalidad y subir a la web del Ministerio de Justicia la documentación preceptiva en formato telemático.
Los Colegios de Abogados adheridos al Convenio extenderán un Certificado de Revisión Colegial que acompañará a cada solicitud indicando que concurren todos los requisitos exigidos por la Dirección General de los Registros y del Notariado para obtener la adquisición de nacionalidad por residencia.
Los abogados adheridos a este Convenio y que tramiten con su carné ACA estos expedientes podrán gestionarlos a través de la plataforma del Consejo General de la Abogacía Española. Los Colegios de Abogados revisarán y cotejarán la documentación que el abogado gestione telemáticamente en representación de sus clientes.
Gracias a este Convenio se agilizarán y reducirán los plazos de las gestiones encomendadas por los ciudadanos a sus abogados para gestionar sus expedientes de adquisición de nacionalidad. Recientemente la secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortés, ha reconocido en el Congreso de los Diputados que en España se tramitan anualmente unos 150.000 expedientes de adquisición de nacionalidad por residencia.
Si está interesado en éste trámite puede obtener más información en la página web del ministerio de justicia.
Puede también solicitar los servicios de los miembros y colaboradores de la web www.abogadosquevedo.es para iniciar trámites de nacionalidad, residencia o asilo, y también para presentar recurso contra las resoluciones desfavorables. Podemos ofrecerle información sobre trámites y procedimientos – condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia y trabajo en España por parte de los ciudadanos de otros estados miembros de la Unión Europea, de los del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) y de Suiza, así como a sus familiares, condiciones de entrada, estancia, estudios, residencia, reagrupación familiar, residencia y trabajo y otras autorizaciones que puede obtener los ciudadanos extranjeros procedentes de terceros Estados, sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales y en los tratados internacionales en los que España sea parte, autorizaciones vinculadas al mundo de los negocios y al talento, condiciones de entrada y residencia para los ciudadanos extranjeros que quieran invertir y emprender en España así como aquellos que trabajen como profesionales altamente cualificados, trasladados empresariales, investigadores y profesores contratados por universidades, órganos o centros de educación superior e investigación o escuelas de negocios en España (reguladas en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización), así como la información necesaria para la obtención de la documentación que acredite la situación legal en España de los extranjeros o trámites, informes sobre legalización y traducción de documentos, información sobre visados, sujetos legitimados, etc.
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