IRPF ARRENDAMIENTOS

Disminuye la retención del IRPF en arrendamientos de bienes inmuebles según la Ley 9/2015, de 10 de julio

En caso de los arrendamientos o subarrendamientos de bienes inmuebles urbanos (art. 101.8 y D.A. 31ª.3.d) LIRPF; y 100 RIRPF) el porcentaje a retener a cuenta del IRPF de los arrendadores por parte de los inquilinos ha pasado del 20 por 100 que se requería antes del 12 de Julio, al 19,5 por 100 a partir de esta fecha.

A partir del 1 de Enero de 2.016 pasará a fijarse en el 19 por 100 de la renta y cantidades asimiladas.

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